¡Necesitamos tu ayuda!
La iglesia necesita reparaciones urgentemente y necesitamos arreglarla.
Necesitamos recaudar el dinero necesario para poder realizar los trabajos de restauración de las cubiertas.
Para nosotros supone la protección y conservación de la obra más valiosa que posee el pueblo. El orgullo de poder mantener y preservar el tesoro heredado de nuestros mayores para poderlo transmitir a las generaciones futuras.
Y la satisfacción de haber trabajado, unidos, para que nuestro patrimonio no desaparezca.
Tu donación tiene desgravación fiscal
Personas físicas (IRPF)
En los primeros 150€ de donación, la desgravación es del 80%, es decir, 120€. En cantidades superiores a 150€, la desgravación es del 80% para los primeros 150€ y del 35% para el importe restante (40% si llevas, al menos, dos años consecutivos donando a la misma entidad por un importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior). *
Por ejemplo, si donas 300€, la desgravación será de 172,5€ (120€ por los primeros 150€ donados y 52,5€ por los otros 150€). En el caso de haber donado a nuestra Parroquia en los 2 años anteriores, la desgravación será de 180€ (120€ por los primeros 150€ donados y 60€ por los otros 150€).
* La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable en el IRPF. La normativa de incentivos fiscales en Navarra y País Vasco puede ser diferente al del resto de España.
Personas jurídicas (Impuesto de sociedades)
La desgravación será del 35% si solo se ha donado en el año correspondiente a la declaración, o del 40% en la declaración si se ha donado a la Parroquia en los 2 ejercicios anteriores, por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior. *
Por ejemplo, si se donan 300€, la desgravación será de 105€ si se ha donado a la Parroquia por primera vez en el año correspondiente a la declaración, y de 120€ si se ha donado a la Parroquia también en los 2 ejercicios anteriores.
* La deducción tiene un límite del 10% de la base imponible del periodo impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos. La normativa de incentivos fiscales en Navarra y País Vasco puede ser diferente al del resto de España.
En todo caso, te recordamos que esta información podría variar, dado que el régimen tributario experimenta modificaciones de forma frecuente. Descarga la información en vigor sobre los incentivos fiscales para el mecenazgo, del Ministerio de Cultura y Deporte.
¡CONTAMOS CON TU APOYO!
¿CÓMO HAGO UNA DONACIÓN?
Bizum: Puedes hacer tu donación a través del Bizum 00441, concepto «Ayuda rehabilitación cubiertas».
Transferencia bancaria: Si quieres colaborar mediante transferencia bancaria, puedes hacerlo en las siguientes cuentas:
UNICAJA: ES81-2103-7006-9600-3006-0995
CAJA RURAL: ES71-3081-0211-3314-2564-5114
CAIXABANK: ES60-2100-9780-6222-0054-5517
B. SANTANDER: ES71-0049-6384-9022-9000-5055
Recuerda indicar en el asunto «Ayuda rehabilitación tejado». Se ruega enviar el justificante de pago con los datos fiscales (nombre y apellidos completos, DNI y Código Postal de residencia) a yepes@architoledo.org para emitir el certificado de donación.
Ten en cuenta que las transferencias bancarias pueden tardar en hacerse efectivas entre 1 y 3 días, por lo que no te preocupes si no se refleja automáticamente en las donaciones.
RECUERDA: Tu donación tiene una desgravación fiscal de hasta el 80%. Si donas 10€, en tu próxima Declaración de la Renta te devolverán hasta 8€.